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SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA CALIDAD 


El SGSSS incorporó la CALIDAD como principio fundamental del servicio público de la salud. Siempre ha sido claro que ningún sistema de salud lograría alcanzar sus aspiraciones en el mejoramiento del estado de salud de la población, sin que haya una intención deliberada para garantizar que todas las personas puedan ACCEDER a la atención en salud, no sólo en las condiciones de EQUIDAD tan deseadas, sino también haciendo que los servicios que se provean satisfagan las expectativas de CALIDAD que esperan recibir las personas. Lo que ‘espera la gente’ del sistema de salud, no es sólo recuperar la salud o recibir apoyo ante una necesidad de atención o que el sistema sea capaz de brindarle protección financiera frente a una enfermedad o discapacidad, sino también que el sistema le pueda ofrecer una atención ‘de calidad’; es decir, que logre utilizar los servicios cuando los necesitan de manera oportuna a dicha necesidad, que la atención sea rápida, que el sistema le permita acceder al conjunto de atenciones que debe recibir, incluidas las atenciones para cuidar y mejorar la salud aun cuando no esté enfermo, que el dinero no sea un factor que impida la provisión, que sea tratado con respeto y amabilidad, en unas instalaciones y tecnologías apropiadas, con personas con vocación de servicio, que se le brinde información apropiada al paciente y a su familia y que la atención que reciba sea segura, es decir, que pueda confiar en que los procedimientos o los medicamentos por ejemplo no le van a ocasionar daño adicional.






SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA SALUD

Sin embargo, este conjunto de aspiraciones se convierten en todo un desafío para el sistema de salud de cualquier país del mundo en la actualidad. Cumplirlas a cabalidad se torna en un reto de mejora continua sin tregua, que involucra a todos los actores del sistema, incluidos de manera central los ciudadanos y los usuarios del mismo. Dentro de las restricciones presupuestarias, los países conforman sistemas de salud con los arreglos institucionales que consideran más apropiados para lograr estos propósitos, alcanzando legitimidad social. Sin embargo y sin lugar a dudas, todos enfrentan dificultades para conseguirlo. En Colombia, a pesar de los grandes avances del sistema, no es difícil advertirlo en las manifestaciones de disconformidad: por el trato que reciben los ciudadanos en algunas entidades, por las restricciones al acceso de algunas personas, por la falta de oportunidad en la recepción de los servicios, o por las reclamaciones debidas a las discrepancias entre los requerimientos individuales y la capacidad del SGSSS para financiarlos, entre otros. Al reconocer esta necesidad, Colombia decide en 1996 iniciar la realización de los estudios necesarios para formular el diseño de un sistema de calidad en salud, a través del programa de apoyo a la reforma, que condujeron a la proposición de un conjunto de acciones integradas para mejorar la calidad de la atención en salud en el país y que concluye con la aparición de un “sistema obligatorio de garantía de la calidad – SOGC” través de un acto legislativo: Ley 715 de 2001.


En el 2002, el SOGC inicia una fase de implementación, que se ha venido validando y refinando de forma continua y cuyos resultados de impacto sobre la salud de los colombianos, deberán observarse en el mediano y largo plazo. Por ello, es imperativo que durante este periodo de puesta en marcha, se estén implementando sistemas de medición de la calidad de la atención que permitan monitorear su comportamiento y realizar evaluaciones sistemáticas de sus efectos.



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